Adecuación de la cuota de adherentes
Conforme a las disposiciones que rigen el financiamiento de DAMSU, Ordenanza 91/83R art. 50, el Directorio resuelve adecuar la cuota correspondiente a los afiliados adherentes que pagan según rango etario, incrementando un 9% su valor a partir del mes de diciembre del 2020. Es importante mencionar que esta medida no afecta a los adherentes jubilados ni pensionados y que lo resuelto no es alcanzado por lo dispuesto en las Ordenanzas 829/19CS y 86/20CS.
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